Si mantienes criptomonedas en algún exchange o plataforma con sede fuera de España, hay un formulario que la AEAT quiere que conozcas: el Modelo 721. A diferencia del Modelo 100, no es una declaración tributaria, sino una declaración informativa.
¿Qué es el Modelo 721?
El Modelo 721 es una declaración informativa sobre criptomonedas mantenidas en plataformas extranjeras (no españolas). Fue introducido por la AEAT en 2023 y se presentó por primera vez en 2024 para el ejercicio fiscal de 2023. Su finalidad es dar visibilidad a la Hacienda española sobre las tenencias de criptoactivos en el extranjero.
Por sí mismo no genera ninguna obligación tributaria. Simplemente estás informando a la AEAT de tus posiciones en cripto en el extranjero.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 721?
Debes presentar el Modelo 721 si, en cualquier momento del ejercicio fiscal, el valor agregado de tus criptomonedas mantenidas en plataformas extranjeras (no españolas) ha superado los 50.000 €.
Aclaraciones importantes:
- El umbral es el agregado del conjunto de plataformas extranjeras, no por plataforma. 30.000 € en Binance más 25.000 € en Kraken suman 55.000 €, por lo que se supera el umbral.
- El umbral se aplica en cualquier momento puntual del año, no únicamente a 31 de diciembre. Si tus tenencias superaron los 50.000 € a mediados de julio y luego bajaron, sigues estando obligado a presentar el modelo.
- Las criptomonedas mantenidas en autocustodia (monederos hardware o software) NO están sujetas al Modelo 721 en la actualidad. Solo cuentan los criptoactivos en custodia en plataformas extranjeras.
¿Qué se considera una plataforma extranjera?
Una plataforma extranjera es cualquier exchange, custodio o proveedor de servicios de criptoactivos que no esté establecido en España. La mayoría de los grandes exchanges globales (Binance, Kraken, Coinbase, Bitget, OKX, etc.) son plataformas extranjeras a efectos del Modelo 721, incluso si disponen de una interfaz en español.
Plazo de presentación
El Modelo 721 debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al periodo declarado.
Ten en cuenta que este es un plazo completamente distinto al del Modelo 100 (30 de junio). Muchas personas que lo presentan por primera vez lo pasan por alto.
¿Qué información necesitas?
Para cada plataforma que cumpla los requisitos, debes declarar:
- El nombre legal completo de la plataforma (custodio)
- La identificación fiscal de la plataforma (NIF o equivalente)
- El tipo y la cantidad de cada criptomoneda mantenida
- La valoración en EUR a cierre del ejercicio fiscal (31 de diciembre)
- La valoración en EUR en el punto más alto del año
Sanciones por incumplimiento
Aquí es donde el Modelo 721 se pone serio. La estructura sancionadora está fijada por la Ley General Tributaria de España:
- Sanción fija mínima de 3.000 € por no presentar el modelo
- 150 € por cada dato omitido o incorrecto, con un mínimo de 1.500 €
- Se aplican sanciones adicionales si la AEAT inicia una actuación antes de que presentes el modelo de forma voluntaria
Estas sanciones se aplican aunque no debas pagar ningún impuesto. El detonante es la falta de presentación, no la elusión fiscal.
Relación con el Modelo 100
El Modelo 721 no sustituye al Modelo 100. Si has tenido ganancias, ingresos u operaciones con cripto durante el año, sigues teniendo que presentar el Modelo 100 (la declaración de la renta). El Modelo 721 es puramente informativo. Consulta nuestra guía para declarar criptomonedas en el Modelo 100 para ver el panorama completo.
Cómo saber si superas el umbral
Hacer un seguimiento manual del valor en EUR de tus criptomonedas en cada plataforma extranjera en cada momento del año es prácticamente imposible. Summ realiza el seguimiento del valor de tu cartera a lo largo del tiempo e identifica el punto más alto, lo que facilita determinar si debes presentar el Modelo 721 y reunir las cifras necesarias.
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